[Digitalización: Archivo de Historia Social. Chile, diciembre,
2010. Fuente: El Pensamiento de Luis Emilio Recabarren, Tomo I, págs. 253-304. Editorial Austral. Santiago de Chile, diciembre
1971]
Luis Emilio Recabarren
MI JURAMENTO
En la Cámara de Diputados
el 5 de junio de 1906
(Imprenta New York, Santiago,
1910[1])
Para la formación de esta obrita, me valgo de documentos oficiales y
de publicaciones hechas en aquella época por la prensa.
Así, pues, deseo que el público y mis correligionarios lean con
espíritu crítico, sin prevención y con interés las páginas que siguen.
Luis Emilio
Recabarren.
Todos están de acuerdo en que la
mentira no debe ocupar el sitio de la verdad —aunque los hechos no marchen de
acuerdo con los pensamientos— y es por esa razón que doy a la publicidad el
presente librito. Es decir, para restablecer el imperio de la verdad, y en
homenaje a la verdad misma.
Antes de alejarme al extranjero
—para evitar en aquella época, la prisión que se me abría— hasta noviembre de
1906 sólo vi a mi alrededor una aureola de simpatías y de cariños, de
admiración y de aliento. En el extranjero recibí noticias de que todo esto se
había transformado. Volví a Chile, a fines de 1908, cumplí mi prisión y a fines
de 1909 recorrí el país entre Valparaíso y Osorno.
En este viaje constaté el hecho
que alrededor de mi nombre y de mis actos se había tejido una malla de mentiras
que en pocos casos pude destruir.
Era creencia general —y lo es
aún— que en 1906, al incorporarme a la Cámara de Diputados yo me negué a
prestar el juramento reglamentario y que este hecho había sido la causa de mi
expulsión del Congreso.
Esto es falso, pues, yo juré en
cumplimiento y conforme a la ley. Ahora yo no quiero que esa falsedad se
mantenga en lugar de la verdad; por dos razones: primero porque daña la
doctrina de la democracia, porque se hace creer a las masas ignorantes que la
democracia es antirreligiosa; segundo porque tengo un inmenso amor a la verdad,
mejor diré un culto y no quiero que se explote y se especule con la mentira.
Se dirá que es tarde para esta
obra, pero yo no lo creo así y no habiendo podido hacerlo antes, lo hago hoy
con la intención de dejar las cosas en el sitio que corresponde.
I
MI JURAMENTO
Lo que sigue es copia del Boletín de Sesiones de la Cámara de
Diputados, en que podrá verse el juramento y el debate que se suscitó al
respecto, y la resolución de la Cámara.
JURAMENTO
El señor Orrego (Presidente).—
Antes de conceder la palabra a otros señores Diputados, ruego a los señores
Veas y Recabarren que pasen a prestar juramento.
Los señores Veas y Recabarren
pasan a prestar juramento.
El señor Orrego (Presidente).—
¿Juráis por Dios y estos Santos Evangelios guardar la Constitución del Estado,
desempeñar fiel y legalmente el cargo que os ha confiado la Nación; consultar
en el ejercicio de vuestras funciones sus verdaderos intereses, y guardar
sigilo acerca de lo que se tratare en sesiones secretas?
El Sr. Recabarren.— Sí juro,
señor Presidente; pero dejando constancia de que en la sesión anterior se
nos impidió manifestar nuestras ideas y se pretendió que rodáramos hasta aquí
como simples máquinas a jurar sin explicación alguna...
El señor Puga Borne.— Esto es
intolerable, señor Presidente. Yo me opongo a que continúe hablando el señor
Recabarren...
El señor Orrego (Presidente).—
Si así no lo hiciereis, que Dios, testigo de vuestras promesas, os lo demande.
(Nótese que la acción del
juramento quedó satisfecha, pues, no hubo ninguna circunstancia que pudiera
invalidarlo).
Los señores Veas y Recabarren
vuelven a ocupar sus asientos.
El señor Veas.— Voy a decir sólo
dos palabras respecto del juramento que se nos ha obligado a prestar al
Diputado por Tocopilla, compañero Recabarren, y al que habla.
Nosotros estimábamos que no
debíamos jurar en las condiciones exigidas, porque el juramento es una cuestión
de conciencia que la Cámara no puede imponer a cada uno de sus miembros.
Nosotros no creímos necesario jurar en nombre de creencias o mitos que no
aceptamos.
Hemos prestado el juramento[2] porque el Reglamento nos lo
impone y porque oímos en los pasillos que si no lo hacíamos se nos negaría
nuestra incorporación a la Cámara; pero no porque pensemos que hay lógica
entre nuestras ideas y la fórmula adoptada.
Esta manera de pensar que
manifestamos está demostrando, por lo demás, la necesidad que hay de modificar
el Reglamento en este punto.
Este caso puede repetirse y hay
necesidad de preverlo.
Dejo constancia de mí manera de
pensar a este respecto.
El señor Barros Errázuriz.— Lo
que ha ocurrido en este momento es indigno de una Cámara, es indigno de todo
país culto.
Lo que acabamos de presenciar no
ocurriría ni en un país de salvajes, porque hasta los salvajes creen en Dios.
El juramento, señor Presidente,
es, en primer lugar, un homenaje rendido a Dios y, en seguida, es la garantía
de que cumpliremos lo que prometemos.
Los señores Veas y Recabarren
han declarado que no creen en Dios ni en
los Evangelios, que son la esencia y la base del juramento.
Luego los señores diputados no
han jurado, y no tiene valor alguno el acto que se ha verificado.
Por consiguiente, hago
indicación para que la Cámara declare que es nulo el juramento prestado por
los señores Veas y Recabarren.
El señor Orrego (Presidente).—
En el momento oportuno podrá formular su indicación el señor Barros.
El señor Barros Errázuriz.— Mi
indicación ha sido formulada a propósito del juramento, de modo que prima sobre
toda otra cosa.
(Se suscitó un incidente
relativo a la conducta de la mesa, después del cuál quedan las cosas sin alterarse
y en discusión la indicación de Barros Errázuriz).
Él señor Barros Errázuriz.— El
honorable señor Veas, tomando el nombre del señor Recabarren y en el suyo
propio, ha hecho una declaración complementaria del juramento de estos
señores diputados que debe considerarse como parte integrante del juramento
mismo, por cuanto es público y notorio que dichos señores diputados no habrían
jurado si no se les hubiera permitido esa declaración complementaria.
Así lo han declarado ellos
mismos.
Pues bien, en esa declaración se
ha hecho desprecio absoluto de todo lo que constituye la fórmula del
juramento.
Luego, ese juramento no es
juramento.
Y esto todavía por dos razones.
El juramento es un homenaje de
respeto a Dios; Y es propio de todos los pueblos cultos del mundo comenzar la
labor de sus parlamentos jurando en el nombre de Dios la fiel observancia de
sus deberes por parte de los legisladores.
El juramento, dice el
diccionario, es la invocación del nombre de Dios; en consecuencia, quien no
cree en Dios no puede jurar. Entonces, la idea del juramento es incompatible
con la idea del desprecio a Dios y de las fórmulas del juramento mismo.
Por lo tanto, no puede jurar la
persona que desprecia las fórmulas en nombre de las cuales jura.
Hay además esta otra razón:
La idea del juramento
establecida en nuestro Reglamento lleva envuelta en sí la garantía de que los
diputados habrán de observar la Constitución y las leyes y guardar sigilo
acerca de lo que se debate en sesiones secretas.
¿Y cómo habrán de respetar la
Constitución y las leyes y guardar sigilo de lo que se dijere en sesiones
secretas, aquellos diputados que comienzan por declarar que les merece
absoluto desprecio aquél a quién se pone por testigo de su juramento?
Me parece que la unanimidad de
la Cámara habrá de rechazar semejante juramento. Sin idea de Dios no existe
juramento.
Hay que jurar en nombre de Dios
para que el juramento sea válido; de otra manera es inaceptable; no lo aceptan
la Constitución ni las leyes y nuestro Código Penal castiga el perjurio en
algunas de sus disposiciones.
Quién no jura en forma debida,
no jura.
Por estas consideraciones
insisto en mi indicación.
El señor Encina.— Los honorables
diputados por Valparaíso y Antofagasta han prestado el juramento que la
Constitución del Estado y el Reglamento les exigen; y después de realizado este
acto y de pronunciadas por el Presidente las palabras de estilo, han añadido
algo que, más que protesta, califico yo de deseo de reforma contra el orden de
cosas existentes. Han expresado sus señorías el deseo de que se reemplace la
actual fórmula de juramento por otra más adecuada a una Cámara a la cual tienen
derecho a ingresar hombres de las más opuestas confesiones y aún aquellos que
no profesan confesión religiosa alguna.
El juramento ya prestado es
inamovible, y la indicación del honorable diputado no surtirá otro efecto que
provocar discusiones que por el prestigio de la Cámara debiéramos evitar.
No es la primera vez que dentro
de esta Cámara se suscita el extraño debate en que estamos envueltos, y
ninguno de los honorables diputados ignora la exaltación con que han chocado
las ideas religiosas en esas ocasiones.
No diviso ventaja alguna en
continuar un debate que no dará resultado práctico y que encierra el peligro
de degenerar en escenas de violencias análogas a las que hemos presenciado hace
sólo días.
Yo apelo a la cordura y a la
prudencia del honorable diputado por Bulnes para que no insista en una
discusión meramente doctrinaria, llamada a perturbar la seriedad y corrección
de los debates, sin resultados positivos para la situación política de las corrientes
en que estamos divididos.
El señor Barros Errázuriz.— Yo
no entro al fuero interno de los señores Veas y Recabarren; no entro en la
conciencia de nadie; soy en esta materia de un criterio muy amplio.
Lo que sostengo es que no hay
derecho para hacer la declaración que han hecho los señores Veas y Recabarren
sobre el juramento mismo, desnaturalizándolo y anulándolo completamente.
El señor Izquierdo (don
Francisco).— El fuero interno lo han venido a hacer externo los señores diputados.
El señor Veas.— El honorable
diputado señor Barros ha encontrado algo de indecoroso en nuestro
procedimiento. Acaso provenga esta apreciación, señor Presidente, del amor que
su señoría profesa a su religión que ha visto zaherida con nuestra actitud.
Pero, en realidad, nada de
incorrecto hay en nuestro procedimiento.
Venimos en nombre de la bandera
que simboliza el progreso y la libertad de nuestro país. Pero no aceptamos que
se nos someta a las prescripciones de un Reglamento anticuado, obligándonos a
jurar sobre puntos aun no esclarecidos.
El señor Pereira.— El Reglamento
es del año pasado; no puede ser más nuevo.
El señor Izquierdo (don
Francisco).— Es muy antiguo esto de creer en Dios.
El señor Veas.— Sin embargo,
señor Presidente, nos hemos sometido a la fórmula del juramento, porque se nos
dijo que sin él se nos prohibiría usar de la palabra y nosotros queremos servir
aquí conforme a los dictados de nuestra conciencia los intereses de nuestros
semejantes y los del país.
El señor Recabarren.— Yo también
me he sometido a la fórmula Reglamentaria, pero tengo derecho para manifestar
mi opinión al respecto.
El señor Izquierdo (don
Francisco).— Es decir que sus señorías han hecho una simple farsa.
El señor Veas.— Mediante
nuestros propios esfuerzos, tenemos algunos conocimientos y si no hemos adquirido
más ilustración y más cultura ha sido por culpa de los hombres que han
gobernado este país.
Si nosotros hemos venido ahora a
esta Cámara ha sido para trabajar por la cultura del pueblo.
Por esto, yo rechazo el cargo de
falta de cultura que nos hacen los mismos culpables de que el pueblo carezca de
ella.
El señor Izquierdo (don
Francisco).— La primera de las culturas es creer en Dios. De esa no carecen ni
los salvajes...!
El señor Barros Errázuriz.— Los
señores Veas y Recabarren no representan aquí al Partido Demócrata!
El señor Veas.— ¿Es su señoría
el que lo representa?
El señor Barros Errázuriz.— Sí,
señor diputado, nosotros sí que representamos al pueblo.
El señor Veas.— Al Arzobispo,
querrá decir su señoría.
El señor Barros Errázuriz.—
También le representamos.
El señor Rivera (don
Guillermo).— Creo, señor Presidente, que ya es tiempo de dar por terminado este
incidente.
El señor Recabarren.— Pido la
palabra. Yo no quiero quedar bajo el peso de las expresiones vertidas por el
señor Barros Errázuriz.
El señor Orrego (Presidente).— A
fin de mantener la tranquilidad y la armonía entre los honorables diputados,
lo mejor sería dar por terminado este incidente.
El señor Subercaseaux Pérez.—
Permítaseme decir dos palabras solamente respecto de la indicación formulada
por el honorable señor Barros Errázuriz.
Si la indicación de su señoría
fuera sólo inspirada por el sano propósito de hacer una profesión de fe, de
protestar, de expresiones que todos los católicos rechazamos, yo la apoyaría
con todo entusiasmo, pues soy tan creyente como el señor Barros, pero si tras
ella se oculta un propósito distinto, si se quiere con ella hacer una arma política
para alterar la composición de la Cámara anulando el juramento de los señores
Veas y Recabarren a fin de que queden fuera de la Cámara, yo no la patrocinaré
de ninguna manera.
El señor Barros Errázuriz.— Mi
indicación no ha sido inspirada por ningún propósito oculto.
Yo he planteado aquí una
cuestión de derecho; si es válido o no el juramento que acaban de prestar los
señores Recabarren y Veas.
El juramento prestado por un
hombre que dice que no cree en Dios es nulo, no es tal juramento.
El señor Recabarren.— Deploro
vivamente el incidente que se ha producido, no por culpa nuestra, sino por
cierta tensión nerviosa de parte de algunos señores diputados al escuchar
nuestra palabra.
Si en ocasión pasada, antes de
prestar juramento, se nos hubiera escuchado, no se habría producido este
molesto debate.
En los corrillos de la Cámara
nos insinuaban ayer algunos diputados que no se nos permitiría usar de la
palabra si no prestábamos antes juramento.
Yo siento tener que formular mi
protesta por esta deplorable falta de deferencia en que se ha incurrido,
respecto de dos diputados que representan a la clase obrera.
Ya que nuestras instituciones
políticas consagran la libertad de cultos, cada uno de los miembros de esta
Cámara tiene también la más absoluta libertad de conciencia.
Yo, respetuoso de las creencias
ajenas, he presenciado el juramento que en conjunto prestaron los señores
diputados; pero al mismo tiempo declaro que, en mi conciencia, no existe Dios,
ni existen los Evangelios; nacido en el taller, no alcancé a estudiar esta
materia. De manera, entonces, que ningún señor diputado podrá achacarme como
falta mi ignorancia respecto de Dios.
Así, pues, si se me exige que
venga a invocar el nombre de Dios para prestar el juramento que ordena el
Reglamento de la Honorable Cámara, se me obliga a mentir, a engañar a la
Cámara, a engañarme a mí mismo y a engañar a mis electores, cuyas opiniones y
tendencias creo representar.
Debo, además, hacer presente
otra consideración.
No me parece que sea necesario
jurar para proceder en conformidad a la Constitución y a las leyes.
Yo he venido a este recinto en
virtud de la voluntad popular y no tengo para qué invocar el nombre de una
divinidad en la cual no creo, para qué esa divinidad sea testigo de mis
promesas.
¿Y acaso no hemos visto en
diversas ocasiones que algunos señores diputados han faltado a ese juramento?
Ahora, si la Cámara nos hubiera
oído, antes de prestar nuestro juramento, se habría evitado este bochornoso
incidente.
No hemos venido a presentarnos en
este recinto para luchar torpemente sino para cumplir un mandato emanado de la
voluntad y la majestad del pueblo, a fin de hacer presente aquí sus
necesidades.
Lejos de venir a ahondar las
rivalidades entre las clases sociales, trataremos de tender el puente que nos
salve del desbarajuste social que pudiera sobrevenir.
Esta es la misión que venimos a
desempeñar los que hemos sido sindicados de anarquistas, y esta misión la
cumpliremos. Y respecto al secreto que debemos guardar de lo que se trate en sesiones
secretas, basta con nuestra promesa de mantener ese secreto.
Yo he negado y niego la
existencia de Dios en el concepto vulgar de la expresión.
(Constátese claramente que yo no
he combatido ni criticado los principios ni las ideas de los demás y que sólo
me he limitado a decir lo que siento. Esta sincera expresión de la verdad debe,
por cierto, ser respetada por todos).
El señor Barros Errázuriz.— ¿De
manera que su señoría no ha jurado?
El señor Recabarren.— He
prestado el juramento impuesto por el Reglamento de la Cámara; pero si no
creo en Dios ni en los Evangelios o si no me doy cuenta exacta del valor de
estos atributos, ¿cómo voy a decir sin protesta, juro por Dios y los
Evangelios?
¿Es posible que los señores
diputados conservadores me arrastren a mentir?
Yo he venido a luchar, a
sostener las ideas de mis electores y para ello cuento con los requisitos que
exige la Constitución para ser miembro de esta Cámara, a saber: ciudadanía
chilena y renta de quinientos pesos anuales a lo menos.
Mis electores no me dijeron que
jurase; y si por sobre la Constitución, el Reglamento de la Cámara impone
obligaciones que no tienen ni pueden tener sanción, es evidente que esas
obligaciones carecen de fuerza.
¿Qué medio coercitivo tendría el
señor Presidente para obligar a jurar a un diputado que no quisiese hacerlo?
¿Qué artículo de la Constitución sanciona la falta de ese juramento?
El señor Barros Errázuriz.— El
artículo 154.
El señor Recabarren.— No hay
disposición alguna en la Constitución que establezca alguna sanción para este
caso; de tal manera que habría estado en mi derecho negándome a jurar y el
señor Presidente habría tenido que admitir mi presencia en este recinto y mi
voto en las cuestiones sometidas a la resolución de la Cámara.
El señor Barros Errázuriz.— En
ese caso debían haberse [o]puesto sus señorías.
El señor Recabarren.— Por
deferencia no hemos querido provocar esa situación. No hemos querido provocar
la lucha religiosa, porque hemos venido aquí a trabajar por el bien del pueblo.
Pero, señor, se nos ha llamado
incultos precisamente por los mismos que nos han detenido en el ejercicio de
un derecho perfecto, por los que nos negaban el derecho a la palabra que
nosotros necesitábamos para dar una breve explicación que habría evitado este
incidente tan enojoso.
Yo creo, sin embargo, señor
Presidente, que la verdadera cultura impone el deber de ser deferente para
con todas las personas y para con todas las opiniones; de manera que bien
podría decirse que la falta de cultura estaba de parte de los que no han
querido ser deferentes con nosotros.
En este recinto todos somos
iguales, todos tenemos los mismos derechos y los mismo deberes: tendremos de
nuestro lado la inferioridad del talento, tendrán sus señorías la superioridad
intelectual; pero nosotros hemos venido a la Cámara como a la más grande
escuela de la libertad y del progreso, y esperamos recibir en ella las
enseñanzas que nos hacen falta; y si las palabras de los honorables diputados
conservadores llevan a nuestras conciencias el convencimiento, junto a ellos
nos verán porque no nos negaremos a la razón y a la lógica.
Termino, señor Presidente,
manifestando que hemos venido aquí firmemente resueltos a trabajar con tesón y
energía por salvar las dificultades con que tropezamos los obreros en la hora
presente, por suavizar las ásperas luchas que libran por su bienestar, por
salvar el porvenir de la patria, y en este camino todos los señores diputados
nos encontrarán firmes, sinceros y resueltos.
El señor Concha (don Juan
Enrique).— Después de las explicaciones dadas por los señores Veas y Recabarren,
me parece conveniente modificar la indicación formulada por mi honorable amigo
el señor Barros Errázuriz en la siguiente forma.
"La Cámara protesta de la
explicación del juramento de los honorables diputados señores Recabarren y
Veas".
El señor Barros Errázuriz.— Pero
si no ha habido tal juramento.
Yo pido que se vote mi
indicación.
El señor Arellano.— Sí, señor
diputado; el juramento está ya prestado.
El señor Muñoz.— Esta es, honorable
Presidente, una cuestión que presenta muchas aristas y creo que hay notoria
conveniencia en evitarla.
La indicación del honorable
señor Barros Errázuriz nos lleva mucho más allá de donde podemos ir.
Los honorables señores Veas y
Recabarren prestaron el juramento de estilo para incorporarse a la Cámara, y
el señor Presidente les recibió ese juramento en conformidad a la fórmula
reglamentaria.
Después de esto los señores
diputados han creído de su deber hacer la protesta que les imponían sus
convicciones. Esta es una cuestión personal de conciencia en la cual nadie
debe ni puede intervenir.
En esta situación ¿qué protesta
cabe?; ¿qué indicación puede ir a anular un juramento prestado en las
condiciones que el Reglamento establece?
Pueden los señores conservadores
tener mucha fe, que yo respeto, mucho amor a sus doctrinas religiosas, que yo
respeto también, pero de esto a que pretendan sus señorías imponer su fe y sus
creencias a los que tienen un criterio distinto hay mucha distancia. El
criterio que cada cual se ha formado en materia religiosa depende de la
educación que se ha recibido, de la escuela que se sigue, de los ejemplos que
se quiere imitar; el hombre se forma convicciones porque piensa y no se puede
poner trabas a la libertad del pensamiento, de modo que así como los señores
conservadores tienen convicciones, que debemos respetar, también las tienen los
señores diputados demócratas que se acogen a las ideas del progreso y las
adoptan como guía en el camino de la vida. Estimo que la cuestión se debe dejar
a un lado, que no es posible venir a dividir a la Cámara en las dos corrientes
que naturalmente se han de producir: la de los que creen las doctrinas
religiosas como ellos mismos dicen con la fe del carbonero y la de los que
forman su fe en los dictados de la ciencia.
¿Con qué objeto entraríamos a
semejante terreno? No podemos poner en duda que los señores diputados
demócratas han prestado el juramento, puesto que lo han hecho en conformidad al
Reglamento, han cumplido con la fórmula por éste prescrita, y se han limitado
en seguida a consignar su protesta contra un procedimiento que estiman
contrario a los dictados de su conciencia.
El empeño del honorable diputado
por Bulnes para que la Cámara haga una declaración respecto de esta cuestión,
está demostrando que su señoría tiene poca confianza en sus doctrinas y que
desea verlas confirmadas por esa declaración.
Por tanto, ruego al señor Barros
Errázuriz que, colocándose en un terreno de verdadera conveniencia para sus
propias creencias, y dejando a cada cual la libertad de expresar las suyas, se
digne retirar su indicación. La protesta formulada por los señores diputados
demócratas no afectan en nada a su deber de prestar el juramento que ya han
prestado; es una simple cuestión del fuero interno de ellos en la cual los
demás no podemos ni debemos entrar. Tratar de obtener sobre esta materia una
declaración de la Cámara equivale a engolfarnos en una discusión inútil y
contraproducente. Apelo, pues, a la cordura del honorable señor Barros
Errázuriz para rogarle que retire su indicación, y ruego a la Cámara su aprobación
a esta otra que yo formulo; la Cámara pasa a la orden del día.
El señor Barros Errázuriz.— Yo
no pretendo imponer mis ideas a nadie. Respeto las creencias de todos mis
honorables colegas, incluso las que tienen los señores Diputados demócratas;
pero quiero que se respete el Reglamento, que ha sido desconocido por la
declaración de no creer en Dios.
El Reglamento consigna la
fórmula del juramento, invocando el nombre de Dios, como se hace en todos los
países, sea cual fuere su religión, aun cuando no sea la católica.
Y téngase presente que el
Reglamento de la Cámara fue hecho en una época en que no dominaban los
conservadores, de modo que la fórmula del juramento, que no ha sido modificada
en la reforma última, no es obra de conservadores.
Si el Reglamento impone que se
jure por Dios, quiere decir que el honorable diputado que a raíz de la
prestación del juramento en que ha invocado a Dios, declara que desprecia a
Dios, no ha prestado verdadero juramento.
Por el honor, por la dignidad de
la Cámara, no puedo
retirar mi indicación. No puede decir en esta Cámara un diputado, como
no puede decirlo un hombre culto en ninguna parte, que Dios no existe. Dios
está en la conciencia de todos los hombres.
El señor Recabarren.— En la mía
no está, señor diputado.
El señor Muñoz.— Deseo
rectificar un concepto que parece haber querido expresar al honorable diputado
señor Barros. Su señoría no concibe la idea del juramento sin que él importe la
invocación del nombre de Dios.
El señor Barros Errázuriz.— Lea
su señoría el Diccionario de la Lengua y en él verá qué significa la palabra
juramento.
El señor Muñoz.— Nuestra ley de
procedimiento se ha puesto en el caso de las personas que no tengan la creencia
en Dios y ha establecido para ellas fórmulas especiales de juramento, que no
contienen el nombre de Dios y que, sin embargo, son juramentos.
Ya ve el honorable diputado que
el criterio de nuestras leyes de procedimiento es más amplio que el de su
señoría.
El señor Urzúa.— Pero el de la
Constitución, que es el que aquí debemos aplicar, es más estrecho.
El señor Muñoz.— Repito que se
trata de un debate completamente estéril, que a nada conduce. El honorable
señor Barros Errázuriz debe respetar las creencias de los señores
diputados demócratas, tanto como tiene derecho a exigir que los demás respetemos
las de su señoría.
El señor Corbalán.— ¡A qué
vienen sus señorías a traer a la Cámara cuestiones teológicas, que están
pasadas de moda!
El señor Urzúa.— Nosotros no las
hemos provocado.
El señor Corbalán.— ¿Y quién la
ha provocado entonces, si no es el señor Barros Errázuriz con la presentación
de su proyecto de acuerdo?
El señor Orrego (Presidente).—
He aceptado la discusión de esta cuestión únicamente como una deferencia para
con el honorable diputado que la planteó, pero llegado el momento de votar, no
me consideraría autorizado para poner en votación el proyecto de acuerdo del
señor Barros Errázuriz sino en el caso de que la Cámara, a la cual consultaría
sobre el particular, decidiera por unanimidad o por mayoría que debo poner en
votación ese proyecto de acuerdo.
El señor Barros Errázuriz ha
reclamado esta resolución de la Mesa, y la reclamación está en
discusión.
El señor Huneeus (don Jorge).—
Voy a proponer un temperamento conciliatorio.
La cuestión en debate es una
cuestión de interpretación del Reglamento, pues si así no fuera, no veo qué
alcance podría tener una declaración de que no es diputado incorporado el
diputado que después de prestar el juramento ha protestado de la forma en que
él está concebido.
El señor Barros Errázuriz.— ¿Qué
alcance puede tener? Este: que el juramento prestado en esas condiciones es
nulo y que el diputado que lo ha prestado no queda incorporado a la Cámara.
Esto es lo que debe resolver la Cámara.
El señor Huneeus (don Jorge).—
El temperamento conciliatorio que yo propongo es que se envíen a Comisión las
indicaciones formuladas y especialmente la de los señores Barros Errázuriz y
Concha.
Cualquier debate respecto de
esta materia nos tomaría en este momento completamente de nuevo, y una
resolución tomada en esta forma podría importar una peligrosa innovación en
nuestras prácticas parlamentarias.
La materia es de lato
conocimiento, tal como la ha planteado el señor Barros Errázuriz, sin perjuicio
de que yo crea que no cabe vacilación para considerar que habiendo prestado el
juramento los señores diputados demócratas en la forma prescrita por el
Reglamento, ellos están definitivamente incorporados a la Cámara.
Sólo el respeto a las opiniones
contrarias nos hace considerar que se debe estudiar con detenimiento la
cuestión planteada por el honorable señor Barros Errázuriz y por eso únicamente
pido que pasen a Comisión las indicaciones formuladas.
El señor Barros Errázuriz.— Yo
acepto que las indicaciones pasen a comisión siempre que, mientras la
comisión no dé su informe, los señores Veas y Recabarren no formen
parte de la Cámara.
El señor Subercaseaux Pérez.— Esto
quiere decir que el señor diputado no ha planteado entonces una cuestión de
conciencia sino una colegialada política.
El señor Corbalán.— ¿De modo
que, según el señor Barros Errázuriz, si un diputado
hace declaraciones
contrarias a las creencias de Su Señoría debe ser expulsado de la Cámara?
El señor Barros Errázuriz.—
Siempre que haga declaraciones como las que han hecho los señores Recabarren
y Veas, sí, señor.
El señor Corbalán.— Yo estoy
dispuesto a hacerlas cuando se me ocurra, y esté de buen humor porque aquí
todos tenemos la libertad de pensar. Según la teoría de Su Señoría, una Cámara
de libres pensadores podría expulsar a Su Señoría.
El señor Barros Errázuriz.— No
formaría yo parte de ella.
El señor Corbalán.— Si se tiene
convicciones, Su Señoría se encontraría en el deber de ir a esa Cámara a
defenderlas.
El señor Orrego (Presidente).—
Como la cuestión parece estar ya suficientemente debatida, lo más conveniente
es proceder a la votación.
Pondré en votación en primer
lugar, por ser la proposición más comprensiva, la indicación hecha por el
honorable señor Muñoz para pasar a la orden del día.
El señor Pinto Agüero.— Antes de
entrar a la votación quiero decir unas pocas palabras.
Según la Constitución, artículo
76, el ciudadano que sea elegido Presidente de la República debe prestar, al
tomar posesión del mando, el juramento siguiente: "Juro por Dios, Nuestro
Señor", etc.
La Constitución ha impuesto al
ciudadano electo Presidente de la República, la obligación de prestar juramento
y ha determinado la forma del juramento. Me imagino, señor Presidente, la
sorpresa que causaría en todo el país, el hecho de que el ciudadano electo
Presidente, después de prestar su juramento, pronunciara un discurso haciendo
distingos respecto del juramento prestado, declarando que no creía en Dios ni
en los Evangelios y que hacía reservas respecto del juramento que acababa de
prestar.
Entrego al criterio de mis
honorables colegas la apreciación de un caso semejante, y concretándome al caso
actual, paso a la cuestión reglamentaria que en él va envuelta.
En materia de juramento
parlamentario, hay para nosotros una ley: el Reglamento de la Cámara, que
todos debemos respetar, pues si no lo observamos, no se concibe la existencia
misma de la Cámara.
El Sr. Corbalán.— Cien veces he
visto violar el Reglamento, y la Cámara no se ha venido abajo.
El Sr. Pinto Agüero.— Cada año
se cometen en el país cuatrocientos o quinientos homicidios, violando la ley
divina y humana que prohibe matar, y esa no es una razón para no amparar el
mantenimiento de la ley.
Este Reglamento que todos
aceptamos para incorporarnos a la Sala, es el que tenemos obligación de
cumplir: sin este Reglamento la Cámara no existiría.
Ahora bien, si este Reglamento
nos impone la obligación de jurar, y hay dos colegas que dicen que no aceptan
ese juramento, ¿por qué, pregunto yo, habrían de colocarse Sus Señorías en
situación diversa de los demás Sres. diputados?
El Sr. Corbalán.— Porque tienen
perfecto derecho para decir lo que han dicho y mucho más. El Sr. Orrego
(Presidente).— Si no hay inconveniente por parte de la Cámara, se procederá a
votar las indicaciones.
(Se leyeron las indicaciones
formuladas).
El Sr. Orrego (Presidente).—
Pongo en votación la indicación del honorable diputado por La Serena, Sr.
Muñoz, para pasar a la orden del día.
VOTARON POR LA AFIRMATIVA LOS
SRES.:
Arellano, Bambach, Baquedano,
Besa, Concha Juan E., Corbalán, Cruz Díaz, Dávila, Díaz, Echaurren,
Echavarría, Echenique Gonzalo, Échenique Joaquín, Edwards, Encina, Errázuriz,
Espinosa Jara, Freire, García Huidobro, Gómez García, González Julio, Guerra,
Huneeus Jorge, Izquierdo Luis, Lamas, Leiva, Lorca M., Lyon, Matte, Muñoz,
Orrego, Palacios, Rivas, Rivera Guillermo, Rivera Juan de Dios, Rodríguez
Aníbal, Rodríguez E. A., Rosselot, Suárez Mujica, Subercaseaux Pérez, Urrutia,
Valdivieso Blanco, Vial y Zañartu Carlos.
VOTARON POR LA NEGATIVA LOS
SEÑORES:
Alemany, Alessandri, Astorquiza,
Barros, Campillo, Claro, Concha Malaquías, Correa Bravo, Correa
Francisco J., Cox Méndez, Eyzaguirre, Fernández, Flores, Gutiérrez, Huneeus
Alejandro, Irarrázaval, Izquierdo Vargas, León Silva, Letelier, Líbano, Lorca
Prieto, Montenegro, Pereira, Pinto Agüero, Ríos Ruiz, Ruiz Valledor,
Sanfuentes, Subercaseaux del R., Urzúa, Zañartu Enrique y Zañartu Héctor.
SE ABSTUVIERON DE VOTAR LOS
SEÑORES:
Concha Francisco J., Ossa, Puga
Borne, Recabarren, Salas Lavaqui, Sánchez, Veas, Viel y
Villegas.
Durante la votación:
El Sr. Concha (don Francisco
Javier).— Yo creo que los honorables diputados demócratas han cumplido el
Reglamento aceptando la forma en él establecida. Ellos tienen otra manera de
pensar, y en esto están en su derecho.
Yo habría deseado, por lo demás,
que esta cuestión hubiera pasado a Comisión. Me abstengo de votar.
El Sr. Concha (don Malaquías).—
Yo voto que no, porque me reservo para votar la otra proposición del Sr.
Huneeus.
El Sr. Díaz Besoaín.—
Protestando de los fundamentos expuestos por los honorables diputados por
Valparaíso y por Tocopilla, digo que sí porque ellos han prestado juramento
conforme al Reglamento.
El Sr. Leiva.— Creyendo que los
Sres. Veas y Recabarren han cumplido el Reglamento, voto que sí.
El Sr. Puga Borne.— Me abstengo,
porque creo que no podemos votar cosa alguna fuera de lo que establece el
artículo 4º del
Reglamento.
El Sr. Ruiz Valledor.— Digo que
no, porque el juramento con excepción no es juramento conforme lo establece el
Reglamento.
El Sr. Subercaseaux Pérez.— Por
las mismas razones dadas por el honorable diputado por Santa Cruz, Sr. Díaz
Besoaín, digo que sí.
El Sr. Veas.— Me abstengo de
votar.
La votación, como se ve, dio
por aprobado nuestro juramento por 44 votos, contra 32 y 9 abstenciones.
Con esto queda claramente demostrado que cumplimos con la ley y así lo estimó
la Cámara respecto al juramento. Las causas que motivaron mi expulsión de la
Cámara se verán más adelante.
Si alguien dudara de la
veracidad de lo copiado anteriormente, puede consultar el Boletín de Sesiones
de la Cámara de Diputados del 5 de junio de 1906 para convencerse de la verdad.
II
POR QUE FUI EXPULSADO DE LA
CAMARA DE DIPUTADOS
Lo que va a continuación ha sido, en resumen, la parte más interesante
del debate que se desarrolló en la Cámara de Diputados con motivo de la calificación
de la elección de Antofagasta.
Es útil conocerla para que se vea, el espíritu de sectarismo que animó
entonces a la Cámara.
Sesión del 19 de octubre de 1906
ELECCION DE ANTOFAGASTA
Entrando a la orden del día se
puso en discusión la elección complementaria de Antofagasta.
El secretario dio lectura a los
antecedentes que obraban en poder de la mesa, declarando que aún no había
evacuado su informe la comisión de elecciones.
El diputado Recabarren pidió que
se diera lectura al artículo 108 de la ley de elecciones, que dice:
"Las reclamaciones de
nulidad no impiden que los individuos electos entren desde luego en el
ejercicio de sus funciones, en las cuales permanecerán hasta que la nulidad se
declare por la autoridad competente".
Siguió en el uso de la palabra
el diputado Recabarren, sosteniendo que en conformidad a dicha disposición
legal, debía la Cámara considerarlo como diputado electo y fallar, con los
antecedentes a la vista, las reclamaciones de nulidad aducidas por su contendor
Espejo por intermedio de su tutor, ciudadano Rocuant.
Analizó concienzudamente el
memorial presentado por Espejo, desvirtuando uno por uno sus cargos antojadizos.
Acumula el ciudadano Espejo
—agregó Recabarren— un sinnúmero de vicios atribuidos al proceder de los
demócratas, procurando hacer creer que el gran número de votos que obtuvo se
deben a la suplantación de electores. Todo esto es ridículo, es malévolo,
encaminado sólo a formar un concepto odioso para los demócratas de Tocopilla.
Todo aquello que afirma que Recabarren llevó desde Santiago y Antofagasta
gente dispuesta a la suplantación, es una grosera calumnia, digna sí del
caballero radical, que hoy pretende usurpar de nuevo ese asiento, para darle
más honra, más brillo al partido a que pertenece.
Los demócratas no sabemos aún
aplicar los vicios electorales de que no hemos sido autores.
Ha llegado hasta afirmar que se
han llevado de Santiago suplantadores profesionales, lo cual es una
inexactitud.
Espejo.— Sin embargo, acaban de
salir cuatro en libertad.
Recabarren.— Esa misma
declaración del Sr. Espejo está probando que el delito no se habrá cometido.
Sigue en su discurso, y expresa
que la alteración de 10 votos en dos mesas que hace notar, es obra de los
radicales de Tocopilla. Precisamente los presidentes de esas dos mesas eran
radicales y ellos quizás hicieron esa alteración con el fin premeditado de
producir esta reclamación.
El ciudadano Espejo nada dice de
Caracoles, donde en una mesa que en marzo le dio 20 votos, hoy trae con toda
naturalidad 272 votos. Fíjese la Cámara —agrega— ayer 20, hoy 272 votos,
mientras en diez mesas de Tocopilla saca 324 votos. Esa mesa se anuló por
viciosa en marzo y en junio también y hoy ¿que hará la Cámara? Debe también
anularla.
Termina expresando que para
continuar su defensa necesita tener a la vista las actas de las elecciones de
marzo, a fin de tomar como base ese escrutinio, que ha sido erróneamente
interpretado por el diputado Rocuant, tutor del ciudadano Espejo.
Puga Borne (presidente
accidental).— Entiendo que debe el diputado Recabarren completar las dos horas
que determina el reglamento para su defensa.
Sin embargo, si la Cámara no
tuviera inconvenientes podría aplazarse la discusión de este negocio hasta que
llegaran los antecedentes solicitados por el señor Recabarren.
Rocuant.— Yo me opongo.
Puga Borne (presidente).—
Habiendo oposición, debe concluir su defensa el señor Recabarren.
Veas.— Estimo que esta sesión se
ha celebrado con el exclusivo objeto de discutir la elección complementaria de
Antofagasta y como no están en la Cámara los antecedentes y hay necesidad de
pedir datos comprobatorios a Tocopilla y Caracoles, y además este asunto está
aún en estudio en la comisión de elecciones, formula indicación para que este
negocio vuelva a comisión a fin de que ésta pueda informar oportunamente.
—Después de un corto debate, se
puso en votación la indicación Veas, aceptada por Recabarren para cumplir con
el reglamento. Fue desechada por 18 votos con 14 a favor; 5 diputados se
abstuvieron de votar.
Puga Borne (presidente).— En
vista del resultado de la votación, puede continuar usando de la palabra el
señor Recabarren o renunciar a ella, en conformidad al reglamento; en este
último caso, cedería la palabra al señor Espejo o a su defensor.
Recabarren.— Prosigue
analizando el memorial de Espejo, refutando todas sus inexactitudes con incontrastable
acopio de razones y datos que comprobaban su aserto.
Refiriéndose al médico Luis
Vergara Flores, expresa que es una ofensa para la Cámara traer siquiera a su
seno el nombre de un individuo que ha perdido su decoro y ha sido arrojado de
la sociedad...
Espejo.— ¡Y habla de decoro el
que ha salido de la cárcel para venir a sentarse en estos bancos!
Recabarren.— Esa prisión que yo
sufrí en Tocopilla, es la más hermosa aureola que corona mi frente, y que
puedo ostentar con orgullo ante mis conciudadanos.
Yo no he llegado a la cárcel a
purgar ningún delito cometido. Llegué a ella porque allá hubo un juez radical
que calificó delito el ejercicio de un derecho y declaró delincuentes a los
hombres honrados que se atrevían a luchar por ideales de reivindicación social
y de emancipación de las clases trabajadoras.
No es una afrenta para nadie
levantar públicamente la bandera de la moral, para protestar de las injusticias
y defender los derechos de los hermanos del trabajo. (Aplausos en las
Galerías).
Continúa en sus observaciones
hasta el final de la sesión, quedando con el uso de la palabra por haber
llegado la hora.
Sesión del 25 de octubre de 1906
—A petición de Recabarren se dio
lectura a las diversas actas de la elección, terminada la cual, a solicitud del
mismo diputado, la mesa hizo el escrutinio definitivo de la elección de
Antofagasta, con los cómputos oficiales que arrojaban las actas respectivas.
Terminado el escrutinio y una
vez conocido su resultado:
Recabarren.— ¿Quién tiene la
mayoría?
El secretario.— El escrutinio
general arroja el siguiente resultado:
Por Recabarren
........................................... 2.882...votos
" Espejo
.................................................... 2.834....."
Recabarren.— Como ha podido ver
la Honorable Cámara, ha habido un error numérico en las cifras indicadas en la
proposición que hizo el señor Rocuant, para aprobar presuntivamente la
elección del señor Espejo.
En vista de que el escrutinio
hecho por la mesa demuestra claramente y sin tacha alguna el verdadero
resultado de la elección, pide al señor secretario dé lectura al artículo 108
de la ley de elecciones.
El secretario.— "Art, 108.
Las reclamaciones de nulidad no impiden que los individuos electos entren desde
luego en el ejercicio de sus funciones, en las cuales permanecerán hasta que la
nulidad se declare por la autoridad competente".
Recabarren.— Pido, pues, se dé
cumplimiento a las disposiciones de este artículo de la ley, que es bastante
claro, desde que conforme al escrutinio hecho por la mesa, tengo 48 votos
de mayoría sobre el señor Espejo.
Orrego (presidente).— La mesa
estima que no ha llegado el caso de aplicar este artículo, en vista de que la
Cámara, al calificar la elección, aprobó presuntivamente los poderes del señor
Espejo.
Tiene la palabra el señor Espejo
o su defensor.
Rocuant.— A nombre de su
correligionario Espejo, hace la defensa de su elección, tomando como base el
escrutinio que se consignó en el proyecto de acuerdo que aprobó presuntivamente
los poderes de su defendido.
Sostiene que esa es la cifra que
vale, y no la que se ha leído en la presente sesión.
Si el escrutinio aquel era
erróneo, no importa; ya la Cámara lo aceptó y no pueden reverse las resoluciones
que dicte esta corporación.
¿Sería lógico —agrega—, que una
vez conocido el resultado general, se tratara de cambiar la base con que ambos
candidatos fueron a las urnas?
Formula diversas observaciones,
sosteniendo que se han falsificado varias actas en Tocopilla y que, además, las
actas electorales en aquel departamento son enteramente nulas, por cuanto no
se hizo la designación de vocales dentro de los plazos que establece el
artículo 46 de la ley de elecciones.
Afirma que descontando a
Recabarren los votos de las actas que acusa de falsificadas, éste pierde por
más de 20 votos.
Pregunta a la Cámara, que debe
fallar como jurado en este asunto: ¿Puede fallar en conciencia esta elección,
estando sindicada de falsificaciones y no habiendo funcionado la mesa de Sierra
Gorda y otra, en las cuales la totalidad de los electores son adeptos al señor
Espejo?
Como corresponde replicar al
señor Recabarren, y al que habla le sería gustoso duplicar, deja la palabra,
enviando a la mesa un proyecto de acuerdo para que la Cámara, teniendo como
base el escrutinio hecho por él mismo, reconozca definitivamente a Espejo como
diputado por Taltal y Tocopilla.
Recabarren.— Manifesté al llegar
a esta honorable Cámara que las observaciones referentes a fraudes cometidos
por los demócratas en Tocopilla, carecían de verdad.
Hoy vengo nuevamente a levantar
este cargo gratuito, esta ofensa que se lanza sin fundamento serio de ninguna
especie.
Se ha querido traer estas
acusaciones para engañar la opinión en favor de una persona que viene a ocupar
en esta Cámara un asiento que la voluntad popular no le ha concedido.
Se ha dicho que siendo demócrata
la municipalidad de Tocopilla, yo llevaba un elemento inmenso contra mi
contendor. En todo caso, estos elementos estarían equilibrados, por cuanto el
señor Espejo contaba con el apoyo decidido e incondicional de las autoridades y
de dos partidos.
El señor Rocuant ha citado en su
abono el artículo 46 de la ley de elecciones, que dispone la designación de
las juntas receptoras con 15 días de anticipación a la elección. Pues bien, yo
me permito oponerle el artículo 115 de la misma ley, que autoriza para las
elecciones complementarias la forma como hizo dicha designación la
municipalidad de Tocopilla.
La trascripción del acuerdo de
esta Honorable Cámara se hizo con gran demora, y no era posible que la
municipalidad, en este caso, procediera en conformidad al artículo 46. El
municipio procedió correctamente al elegir los vocales de mesa el sábado de la
semana anterior a la en que se verificó la elección.
Con esto dejo desvirtuado este
cargo.
Me atrevería a calificar de
infantil la pretensión del señor Rocuant, de que la Cámara sostenga como
legítimo un escrutinio que su señoría hizo con notorios errores numéricos.
En conciencia, en estricta
justicia, la Cámara debiera, en este caso, atenerse únicamente a los números
que arrojan las actas, que son documentos oficiales, que están sobre la mesa.
No concibe que se pretenda, para
calificar esta elección, partir de la base de un escrutinio que, según se
acaba de comprobar fehacientemente, era erróneo.
Me iré de aquí convencido de que
no se hará obra de justicia, porque tengo la convicción de que la voluntad
popular no será respetada.
Para sostener inexactitudes se
ha apelado al recurso de que la palabra del caballero debe prevalecer sobre la
del indigente, sobre la del pobre.
Se ha dicho que la designación
de vocales y otras funciones electorales se hicieron aprovechando la ausencia
del señor Espejo. Eso no es verdad. El señor Espejo no fue a Tocopilla por
vergüenza, por temor de que el pueblo le enrostrara su conducta y le dijera
que debía volverse a su casa y abandonar su audaz pretensión.
Estas declaraciones del señor
Rocuant no llevan envueltas más intensión que la de prevenir el ánimo del
pueblo, y preparar la disculpa con que se tratará de justificar el hecho de
arrebatar mi legítima elección.
Quiero dejar establecidos estos
hechos para que queden consignados en la historia, que es más grande que los
hombres.
Sin embargo, a pesar de la
renuncia que hizo el señor Espejo, envió a Tocopilla a dos representantes, uno
de ellos don Justino Leiva, que mandó la junta central del Partido Radical, que
hicieron una hermosa campaña y cumplieron la consigna que les había confiado
Espejo.
Yo no había oído decir jamás que
los demócratas tuvieran poder suficiente para intervenir viciosamente en las
elecciones y poder alcanzar triunfos ilegítimos. Está muy lejos el día en que
ellos puedan usufructuar de los elementos de Gobierno en una elección.
Se adujeron estas
consideraciones con relación a las elecciones que tuvieron lugar en Tocopilla
el 4 de marzo último; sin embargo, en esa época no contábamos sino con un solo
municipal en aquella comuna. Esto no obstó para que obtuviéramos en esa
elección el triunfo de cinco de nuestros candidatos a municipales, lo que deja
de manifiesto la superioridad de nuestra agrupación política sobre las demás.
Se habla de una falsificación; y
si la ha habido ¿por qué no se ha enjuiciado a los autores de ella? La verdad
es que esos presidentes de mesa, en donde se supone una falsificación, eran
radicales y no demócratas, y ellos son los que han establecido esa diferencia
de diez votos para dar lugar a la reclamación de nulidad.
Por eso ninguno de los
representantes del Sr. Espejo ni el juez mismo de oficio han iniciado proceso
en contra de esos presidentes de mesa.
Va a terminar la calificación de
las elecciones de Antofagasta y va a quedar como representante de ese
departamento un ciudadano que no ha obtenido el triunfo en las urnas.
Me retiraré de este recinto a donde
llegué demasiado pequeño, y me retiraré grande, pues veo levantarse detrás de
mí la opinión unánime del país que no acepta el veredicto de esta corporación.
Para predisponer el ánimo de los
diputados se ha hecho coincidir con esta calificación de elecciones un fallo de
la Corte de Tacna que me condena a prisión por un supuesto delito que se ha
llamado de amenaza a la autoridad. Creo que esta circunstancia no debe influir
en el ánimo de la Cámara para dictar su resolución en este negocio.
Se ha hecho alarde por la prensa
de mi conducta personal, que se califica de revolucionaria, de propaganda
violenta; pero tengo la satisfacción de que algunos movimientos tanto o más
graves de los que yo he insinuado han sido provocados por la prensa de algunos
de los partidos que se encuentran bien representados en esta Cámara.
Pero como esas palabras salían
de los labios de caballeros, por eso merecieron excusas o sonrisas; las mismas
palabras en la boca de los obreros merecen el anatema de todos.
Cox Méndez.— Yo rogaría al Sr.
Recabarren que no trajera, por el interés de su causa, esta distinción entre
caballeros y pobres, que en una República no existe.
Recabarren.— Pero
la realidad de las cosas es otra, señor diputado.
No es que nosotros traigamos
aquí esta división de clases para acentuarla ante la Cámara; es la Cámara la
que marca esta división cuando el pobre, por el solo hecho de ser pobre, se le
señala la puerta.
Puede ser que me equivoque; pero
tengo el presentimiento de que no se hará justicia a mi causa. Ojala estuviera
en un error, porque si la Cámara se inspirara en estricta justicia al fallar
esta elección, tendería, con ese solo hecho un puente salvador entre los que
nosotros llamaremos los oprimidos y los que, por diversos factores, constituyen
una clase aparte y que nosotros nos atrevemos a calificar de los opresores.
Conozco un poco la historia de
la Humanidad y en ella he aprendido que en más de una ocasión se han producido
en los pueblos cataclismos sociales espantosos que han precipitado en un mismo
abismo a ambas clases sociales.
Yo no quiero ver confundirse en
un abismo de sangre a los hermanos de una misma nación; pero si ello llegara a
suceder no seríamos nosotros los culpables.
Cuando la clase trabajadora
lleva sus representantes a las instituciones públicas bajo el amparo de las
leyes existentes, llega la mano enguantada del caballero a usurparle su
legítima representación, manifestándole que no es digna su compañía.
En este caso, por ejemplo ¿por
qué no se retira ese candidato radical que no tiene más apoyo que la mayoría
ocasional de la Cámara, para dar paso al verdadero enviado de los pueblos del
norte?
No me duele retirarme de este
recinto; al fin y al cabo no soy yo el ofendido. Es el pueblo que me ha elegido
el que tendrá que convencerse de que aquí pasando sobre la Constitución y las
leyes se ha violado su voluntad claramente manifestada.
El Sr. Cox Méndez decía hace un
momento, que es necesario abandonar esta tendencia a la división de clases.
Cox Méndez.— Indudablemente,
señor, hay que abandonarla.
Recabarren.— Yo quiero ver,
señor, si esta declaración de su señoría tiene de parte de sus amigos una
traducción práctica en la votación sobre las elecciones de Antofagasta.
Si todos sus colegas se sienten
animados de igual sentimiento que su señoría, lo natural es que la votación de
este asunto simbolice el respeto al derecho de los pueblos, perfectamente
probado que, en este caso, ha sido ejercitado en mi favor y no en favor del Sr.
Espejo.
Ha habido un diputado radical que
ha venido a sostener con un candor verdaderamente infantil, que la Cámara no
puede tomar en cuenta el cómputo exacto que se ha hecho de los votos, porque
hay un acuerdo de la misma que declara bueno un cómputo anterior, que es
erróneo.
¿Tiene esto alguna lógica?
¿Qué dirá el pueblo que
contempla estos procedimientos?
¿A qué exponerse a la ira de los
pueblos, a los insultos de los ignorantes, a la expansión de los que se
sienten oprimidos?
¿Por qué no salvamos en todo
lugar el propósito de moralidad?
Si todos los miembros de la
sociedad tienen el deber de ser morales, los que se sientan en estos bancos
tienen doblemente acentuado ese deber.
Voy a terminar, dejando
establecido que las bases invocadas por el Sr. Rocuant, con referencia a la nulidad
de las elecciones de Tocopilla, no tienen fuerza alguna, son falsas. No se
ha probado nada; ha habido simples declaraciones que no revisten valor alguno,
que debió desestimar completamente el Juzgado de aquella localidad.
He dejado constancia que los
vicios que se atribuyen a la elección de Tocopilla, no han sido cometidos por
los demócratas.
Terminaré manifestando que llevo
en mi interior la amargura que me causa contemplar que se pretende llevar al
pueblo una vez más a tan triste decepción...
Barros Errázuriz.— No se
anticipe al fallo de la Cámara; no tiene derecho el señor Recabarren a
interpretar las intenciones de los señores diputados,
Alessandri.— Dígame el honorable
señor Espejo ¿sus electores fueron todos caballeros? (risas).
Veas.— Pregunte mejor cuánta
plata llevó al norte para comprar sus electores caballeros.
(Fórmase un nuevo desorden en la
sala).
Recabarren.— Parece que
existiera el propósito manifiesto de no oírme.
No quiero continuar en este
debate, porque no se me permite mantenerlo con la calma debida.
Rocuant.— Rebate el discurso de
Recabarren, defendiendo a Espejo y al Partido Radical. En el desarrollo de su
discurso, el señor Rocuant, descendió atacando a Recabarren por sus ideas y por
su propaganda activa en el norte. Faltó a la verdad exagerando su conducta,
calificándola de violenta y subversiva, usando términos bastante hirientes,
hasta que fue llamado al orden; y terminó con estas textuales palabras:
En vista de todo lo cual yo
declaro que si no hubiera estricta justicia para expulsar al señor Recabarren
de la Cámara, ello sería necesario hacerlo por razones de alta moralidad
social, y por otras que están vinculadas a la felicidad y engrandecimiento del
pueblo, pues, no es tolerable que en la Cámara vengan a representarse las
ideas de disolución social que sostiene el señor Recabarren.
La votación dio por resultado la
anulación definitiva de la legítima elección que me ungió como diputado por
Antofagasta.
Las últimas expresiones del Sr.
Rocuant revelan claramente el propósito que les guiaba: La expulsión de los
obreros de ese recinto a donde la clase rica no quiere admitir censores.
Ni el Sr. Espejo ni su defensor,
llevaron ninguna prueba efectiva para invalidar esa diputación de los
demócratas de Antofagasta, pero la Cámara la anuló porque así convenía a sus
intereses de clase privilegiada.
En la sesión del día 26 de
octubre de 1906 se votó una indicación por la cual se desconocía mi elección y
se aprobaba definitivamente la entrada a la Cámara del señor Daniel Espejo que no
había triunfado en las urnas electorales.
Votaron aceptando la entrada
incorrecta de Espejo los siguientes diputados, que habían jurado por Dios y los
Santos Evangelios respetar la Constitución y las leyes:
Alemany
Alessandri
Bambach
Baquedano
Barros Errázuriz
Campillo
Corbalán
Correa Bravo
Concha, F. J.
Flores
Guerra
Gutiérrez
Huneeus, J.
Irarrázaval
Izquierdo V.
Lamas
Letelier
Lyon
Mena
Montenegro
Ovalle
Palacios
Pereira
Pleiteado
Puga Borne
Ríos
Rivas
Rivera, J. de D.
Rocuant
Sanfuentes
Subercaseaux P.
Urzúa
Zañartu, E.
Zañartu, H.
Votaron en contra:
Leiva
Veas
Se abstuvieron:
Cox Méndez
Fernández
Líbano
En esta votación aparecen
violando la ley, confundidos, diputados de todos los partidos: Radicales,
Conservadores, Liberales-Democráticos, Liberales, Nacionales e Independientes.
Todos juntos, en la más agradable comunión, desconocían una elección legitima
realizando un acto indigno e ilegal.
El Sr. Barros Errázuriz que con
tanto calor defendía los fueros de la fórmula del juramento, olvidó el respeto
que debía a su juramento prestado y se entregó en brazos de la pasión y del
odio.
III
ALGUNAS OPINIONES PARTICULARES Y
DE LA PRENSA
Los artículos que siguen, fueron publicados antes de la repetición de
la elección y en consecuencia, antes de mi separación definitiva de la Cámara.
Mejor dicho se publicaran a raíz del incidente del juramento.
EL DIPUTADO DE ANTOFAGASTA
(Editorial de "El
Mercurio" del 23 de junio de 1906)
Las consecuencias del gravísimo
precedente que ha establecido la Cámara de Diputados al excluir de su seno al
diputado de Antofagasta don Luis E. Recabarren, irán apreciándose mejor a
medida que la opinión pública se dé cuenta de todo lo que ese acto de ciego
partidarismo político del Congreso y para el respeto de las instituciones
fundamentales de la República.
Ya hemos hecho notar que, con
esto, la Cámara retrocede en el camino de la reforma de los malos hábitos
parlamentarios, reforma iniciada con la ley que estableció el Tribunal Revisor
de Poderes con el objeto de evitar precisamente que a un hombre elegido por el
pueblo le sea arrebatada su investidura parlamentaria por intereses
partidaristas que logran formar una mayoría inescrupulosa.
Ese Tribunal examinó los poderes
del diputado de Antofagasta, los declaró correctos, y su fallo no puede
parangonarse con el que la mayoría ocasional de la Cámara ha dado sólo en
virtud de odios sectarios provocados por el juramento de ese diputado y por
intereses políticos de actualidad!
Pero esta cuestión tiene todavía
otro aspecto que se impone a la consideración de todo hombre honrado, libre de
preocupaciones sectarias o de vinculaciones de bandería.
Ese diputado por Antofagasta es
uno de los pocos hombres en Chile que ha llegado hasta el Congreso
exclusivamente en virtud del voto popular, por la simple, libre y espontánea
voluntad del pueblo elector, sin intervención de fuerza alguna que perturbara
el criterio de los que lo eligieron.
En efecto, el diputado de
Antofagasta ha sido durante los últimos años el caudillo de las agitaciones populares
en el norte del país y se le ha culpado de promover disturbios, de encabezar
desórdenes y motines. Las autoridades obligadas a resguardar el orden y
mantener la paz pública en la región salitrera, paz pública seriamente
amenazada por la propaganda escrita y de hecho del señor Recabarren, lo
redujeron a prisión y procuraron por todos los medios impedir que continuara su
obra de perturbación social que traía gravemente comprometida la tranquilidad
de la región salitrera[3].
Es, además, un hombre pobre, un
obrero legítimo, no un supuesto obrero como no faltan entre nosotros.
Carece no sólo de medios de
fortuna, sino que además está alejado, por la misma actitud que ha asumido en
estos últimos años, de toda esperanza de que ningún hombre de fortuna lo ayude.
Y así, contra las autoridades,
contra el dinero, sin gastar un centavo, sin emplear otros medios que los que
le daba el ascendiente que había ido ganando sobre los electores, Recabarren ha
llegado a la Cámara. Nosotros preguntamos a cualquier hombre honrado sin
pasiones partidaristas:
¿Puede haber en el Congreso de
Chile un diputado mas legítimamente elegido?
No discutimos sus ideas, que no
son las nuestras, como no tenía la Cámara derecho de discutirlas para
determinar si debía o no pertenecer a ella.
Con buenas o malas ideas,
socialistas o anarquistas o lo que se quiera, ese hombre fue elegido por el
pueblo, es diputado, tiene el derecho de sentarse en la Cámara, y sólo
atropellando el derecho y la legalidad se le puede excluir.
Condénense en hora buena sus
principios considerados como destructores del orden social, y laméntese que
tales principios se hayan abierto tanto camino en el pueblo como para
impulsarlo a enviar al Congreso al representante más genuino de las ideas
agitadoras. Opóngase a su propaganda y la de sus amigos la propaganda de las
ideas opuestas.
Pero no se cometa la injusticia
de excluirlo de la Cámara, a la cual pertenece en virtud de una investidura
popular libremente conferida y debidamente calificada ya por el Tribunal que la
ley estableció con ese objeto.
El diputado de Antofagasta como
el diputado obrero de Valparaíso, tienen además, una misión interesante que
cumplir en el Congreso. Ellos representan a la clase obrera, a la cual
pertenecen, han sido elegidos con absoluta libertad, sin influencias de dinero,
sin presión de autoridades, y tienen la tarea de poner en su justo lugar a los
que hasta ahora se han abrogado esa representación, siendo que no pertenecen a
la clase trabajadora, sino que la emplean como elemento de importancia en su
propia carrera política.
Una injusticia como la cometida
por la Cámara de Diputados deja establecidos precedentes peligrosísimos. En
adelante, cualquier hombre que manifieste ideas políticas o religiosas
contrarias a una mayoría ocasional que se puede organizar en ese cuerpo, corre
el peligro de ser excluido contra todo derecho, sin que haya siquiera un
pretexto plausible y, simplemente, porque a esa mayoría le conviene excluirlo.
Esperamos que todavía, en el
desarrollo posterior de este asunto, cuando se repita la elección en algunos
puntos, se pueda enmendar este error y reparar esta injusticia.
El diputado por Antofagasta
puede ser un peligro público, si le parece a sus adversarios; puede tener las
ideas más absurdas y peligrosas, pero es diputado y debe asumir la investidura
que le dio el pueblo por buenas o malas razones.
EL DIPUTADO POR ANTOFAGASTA
(Artículo firmado por José A.
Alfonso, y aparecido en Junio de 1906).
Nunca nos imaginamos que la
declaración posterior a su juramento del diputado por Antofagasta, señor
Recabarren, contribuyera poderosamente a su expulsión, por lo menos
transitoria, de la Cámara.
Podrá ser todo lo lamentable que
se quiera que el señor Recabarren no crea en Dios; pero es su opinión honrada y
hay que respetarla, dentro de los principios de la más elemental libertad de
pensamiento, tanto más, cuanto que para arrostrar la opinión casi unánime de
los demás y los rayos fulminantes del fanatismo, requiérese no poca entereza y
energía moral.
Hay otros que aceptan un papel
más cómodo, que, no creyendo en Dios, se abstiene sin embargo de manifestarlo,
o por bien entendida prudencia, o por temor, o simplemente por hipocresía,
según los casos.
Por lo demás, para un espíritu
imparcial, libre de prejuicios y despotismo mentales —no nos dirigimos a otros—
no puede ser cosa estupenda y abominable el mero hecho de no creer en Dios,
¡Todos hemos conocido personalmente o por referencias a tantos ateos, hombres,
por lo demás, honrados o grandes ciudadanos!
Por otra parte, son tantas las
formas que reviste Dios, desde el buen anciano de barba blanca, dulce y amable,
el Dios encantador de los niños y de la gente sencilla, hasta la elevada
concepción de la gente culta, vinculada a la fuerza creadora u ordenadora, a la
bondad o a la virtud supremas. ¿Qué de extraño tiene entonces que en tanta
variedad de conceptos respecto de algo intangible, que no está al alcance de
nuestros sentidos, algunos espíritus pierdan su punto de apoyo y no tengan una
concepción fija al respecto?
¿Cuántos de los que afirman que
creen en Dios, puestos en la necesidad de explicar en qué consiste esta
creencia, se verían en amarillos aprietos para darle forma y satisfacer
cumplidamente la pregunta?
Seamos tolerantes y humanos,
como lo fue Cristo.
Todo esto, y mucho más, está
indicando, como desde antiguo se viene repitiendo, la conveniencia de
modificar o suprimir la fórmula del juramento, que es redundante para el hombre
honrado y que no se cumple por el individuo pillastre o poco escrupuloso.
Pero no era precisamente este el
punto que queríamos tratar en este artículo.
Es otro, más relacionado con la
política que con la teología.
La elección del diputado por
Antofagasta ha sido declarada por la Cámara incompleta y va a haber necesidad
de repetirla en algunas secciones de aquella provincia.
Creemos que el Partido Radical
haría obra de buena política, de justicia y de conveniencia pública, sufragando
por el diputado demócrata señor Recabarren.
No conocemos de una manera
directa cuál de los dos contendientes, si el señor Recabarren o el señor Espejo
reunió más adhesiones de la masa electoral. Por nuestras incompletas
informaciones, nos inclinamos a creer que el primero.
Pero, queremos ponernos en el
peor de los casos para el diputado demócrata.
Queremos suponer que sea nuestro
distinguido correligionario don Daniel A. Espejo quien reúne la mayoría del
voto popular.
Pues bien, aún en este caso
aconsejaríamos a los radicales de Antofagasta votar por el señor Recabarren.
Se nos dirá: los partidos,
instituciones orgánicas que reunidas forman el cuerpo de la República, no
pueden cercenarse por generosidades que sólo se comprenden en los individuos.
Pueden y deben, según los casos,
respondemos.
El interés patriótico o
nacional, prima, en efecto, sobre el interés partidarista.
Y es éste uno de aquellos casos.
Se trata de una gran masa de
gente obrera, consciente ya de su derecho y de sus necesidades, toda la masa
obrera del Norte, de espíritu, como se sabe, inquieto, levantisco y batallador
y que, en tal carácter, ha dado bastante que hacer a las autoridades y a la
opinión.
Pues bien, es una porción
considerable de esa masa la que manda uno de los suyos, un trabajador honrado,
inteligente, animado de buenos propósitos; es esa porción la que envía uno de
los suyos al Congreso de Chile, a hacer oír su voz, sus quebrantos, sus
aspiraciones.
¿No vale más un diputado en esas
condiciones que cinco o diez comisiones investigadoras al norte?
¿No hay notoria conveniencia
pública en oírlo y recibirlo con la solícita atención con que se recibe a un
hermano más débil, extendiéndole cordial y fraternalmente la mano?
¿No se sabe que el pueblo del
norte sufre y que muchas de sus quejas son justas?
¿No se comprende que un
representante en la Cámara, de esa porción considerable y consciente del
pueblo obrero, es una verdadera válvula de seguridad para la nación?
¿No se sabe también que
Recabarren viene a señalarle un rumbo más elevado a la democracia chilena,
para bien de la República, para bien de todos?
Debemos confesar que nos
sentimos conmovidos cuando leíamos la defensa suya que hizo Recabarren en el
momento en que tanto se le fueron al cuerpo, cuando leíamos que decía:
—"He venido aquí a aprender lo que no sé; si no sé más, vosotros tenéis la
culpa, mi deseo es suavizar la lucha de clases; a eso he venido".
Un obrero franco, honrado,
inteligente, bien inspirado tal fue la impresión que nos dejó la lectura de
ese discurso.
Desearíamos para nuestro
partido, que tan cerca está del pueblo, la honra de ayudar a este hijo de la
democracia en su justo empeño, y la desearíamos tanto más cuanto que es
abundante la vanidad que la clase pudiente esparce en las clases de abajo. Establezcamos
siquiera en este caso, una a modo de compensación, dándole a la democracia los
votos que tantas veces se le han quitado por medios poco lícitos.
El radicalismo puede y debe
hacerlo.
Partido, no de vientre, sino
esencialmente de opinión, no le importa mayormente un diputado más o un
diputado menos.
Aun más, el mismo distinguido candidato
contendiente se elevaría a grande altura si él también noblemente
contribuyera a una obra justa, sana y provechosa para la República.
INCALIFICABLE ACTITUD DE LA
CAMARA CONTRA EL SEÑOR RECABARREN
(De "El Ferrocarril"
del 21 de junio de 1906)
La Cámara de Diputados aprobó
ayer un proyecto de acuerdo con el objeto de anular la elección del señor Luis
E. Recabarren, uno de los dos representantes de la agrupación de Antofagasta.
Desde que se produjo la escena
del juramento reglamentario para incorporarse a la Cámara, en la cual el
honorable señor Recabarren creyó necesario manifestar sus opiniones acerca de
los términos prescritos para llenar esa fórmula, pudo notarse la hostilidad
con que fue recibido por algunos de sus colegas.
El honorable diputado
conservador señor Barros Errázuriz propuso que la Cámara declarara nulo el
juramento prestado por el señor Recabarren, tomando como pretexto las
observaciones hechas por este diputado con posterioridad al cumplimiento de ese
tramite.
Aunque el buen sentido se abrió
camino, y fue rechazada implícitamente la proposición inaceptable del señor
Barros E., pasando la Cámara a la orden del día, continuó la prensa
conservadora lazcanista atacando en forma tan ruda como inconveniente al señor
Recabarren, por haber ejercitado el sagrado derecho de emitir libremente sus
opiniones en el recinto legislativo.
Aunque no compartimos las ideas
antirreligiosas del señor Recabarren, ni figura en nuestro bagaje doctrinario
el credo filosófico de este ilustrado representante demócrata, creemos
oportuno manifestar que, en nuestro concepto, ha sido vituperable la campaña
difamatoria iniciada en su contra por ciertos órganos de la prensa. Habría sido
preferible que los funcionarios eclesiásticos no hubieran patrocinado esa
conducta, inspirada en móviles políticos, agregando, con inusitado estrépito,
ciertas arcaicas ceremonias litúrgicas con el propósito de presentar, como un
escándalo sacrílego, la legítima exposición de sus convicciones sobre una
fórmula reglamentaria, hecha por el señor Recabarren en el seno de la honorable
Cámara.
Sin lujo de pesimismo, pudo
predecirse que los odios intransigentes del sectarismo religioso se confabularían
con los más deleznables cálculos partidaristas, a fin de arrojar de la Cámara
al joven diputado demócrata señor Recabarren, que con rara entereza, no
disimuló sus ideas y propósitos al entrar a la representación nacional.
Ayer ha perpetrado la Cámara, en
las más deplorables condiciones, este acto que corría misteriosamente de boca
en boca, como un rumor absurdo e inverosímil, mediante el cual se arrebataría
su investidura parlamentaria a un diputado cuyo mandato había sido admitido
como correcto por la Comisión Calificadora de Poderes.
La mayoría ocasional de la
Cámara, de índole político-religiosa, ha desconocido la investidura parlamentaria
del señor Recabarren, sin oírlo, a pesar de haberse impuesto que este diputado
oscilaba entre la vida y la muerte, postrado en su lecho de dolor por una
gravísima enfermedad.
En una comunicación dirigida
anteayer a la Cámara, el señor Recabarren manifestó:
"Creo, Excmo. señor que
bastarían unas pocas palabras para explicar a la honorable Cámara los pormenores
de la elección, en forma que no haya quien pretenda arrebatarme la investidura
de representante del pueblo de Antofagasta.
Entre tanto, me hallo al
presente impedido de acudir a la honorable Cámara y de ocuparme de labores
que requieran ejercicio mental.
Acompaño a esta comunicación un
certificado expedido por los doctores señores Francisco Landa y Daniel García
Guerrero, por medio del cual V. E. se impondrá de que estoy sufriendo de aguda dolencia que me
imposibilita para levantarme del lecho hasta dentro de algunos días más.
No obstante, no vacilo en
prometer a la honorable Cámara, por conducto de V. E. que concurriré a hacer mi defensa en la
sesión que se celebre el jueves 21 del presente, aunque mi salud se comprometa
peligrosamente, como es de temerlo, al contravenir las prescripciones de los
médicos que me asisten.
Espero de la justificación de la
honorable Cámara, que suspenda hasta el día indicado la discusión y votación
de las elecciones de Antofagasta, a fin de que el infrascrito pueda concurrir a
la defensa de sus títulos de representante del pueblo. No sería lícito privarme
del más sagrado de los derechos, como es el que me asiste al pedir que se me
oiga antes de pronunciarse la honorable Cámara sobre los poderes que me
acreditan en calidad de legítimo representante de la agrupación de Antofagasta.
Reitero a V. E. los sentimientos de mi
respetuosa consideración.— Luis E. Recabarren S.
En vista de esta fundada
presentación del señor Recabarren, la más elemental cortesía aconsejaba a la
Cámara respetar la penosa enfermedad de un colega, y diferir siquiera por unos
días el pronunciamiento sobre su elección.
Sin embargo, la mayoría ad-hoc
preparada contra el señor Recabarren, prefirió asilarse en simples prescripciones
reglamentarias, para festinar el debate sobre las elecciones de Antofagasta,
aprovechando, con escasa humanidad, la circunstancia de hallarse en cama el
señor Recabarren, y colocado ante la trágica perspectiva de un desenlace fatal.
No aceptamos las doctrinas
religiosas sostenidas por el señor Recabarren, en el curso del debate provocado
por la fórmula reglamentaria del juramento.
Pero sin entrar a opinar acerca
del mérito legal de esas cuestiones, y sin admitir el credo filosófico del
representante demócrata, cumplimos un deber ineludible de justicia imparcial,
condenando con energía, la actitud de la mayoría ocasional de la Cámara en
contra del señor Recabarren, sin oírlo, y sin guardarle ningún rasgo de
cortesía.
EN LA CAMARA DE DIPUTADOS
(De "LA LEY" del 21 de
junio de 1906)
La exclusión del diputado
demócrata don Luis E. Recabarren S., hecha ayer por la Cámara respectiva, será
sinceramente lamentada por el país.
A su ingreso a la Cámara, el
diputado demócrata había dado muestra de una presencia de espíritu, de una
energía de carácter y a la vez una facilidad de expresión que revelaban en él
condiciones llamadas a hacerlo un miembro útil y distinguido del Congreso.
Por otra parte, iba Recabarren a
representar en la Cámara las tendencias nuevas que se manifiestan en el Partido
Demócrata y que prometen llevar a este joven partido por rumbos diversos de los
que ha traído hasta ahora, acercándolo realmente a los intereses y
aspiraciones populares.
Fuera de todo esto, era un hecho
que Recabarren había obtenido su investidura popular en buena lid y que había
llegado a la Cámara con poderes correctos.
No había, pues, razones que
aconsejaran a la Cámara excluir de su seno a un diputado elegido en
condiciones regulares y cuyo derecho era tanto más respetable cuanto que el
excluido figura en las filas del partido popular.
La fracción lazcanista dio, sin
embargo, batalla para expulsar al diputado demócrata prevaliéndose de la
situación especial que resultaba de la circunstancia de figurar el reclamante
en las filas de uno de los grupos de la Unión Liberal.
El reclamante era, en efecto,
don Daniel A. Espejo, distinguido miembro del Partido Radical que no había
obtenido la mayoría de los sufragios en la agrupación electoral de
Antofagasta.
Pidió el Sr. Espejo que se
anularan ciertas mesas y se hicieran funcionar otras que no habían funcionado
en la elección.
Las pruebas rendidas no
acreditaban suficientemente la justicia con que se pedía la nulidad de algunas
mesas, y a lo sumo cabía mandar funcionar aquellas que no lo habían hecho en
marzo.
Para los radicales era, sin duda
alguna, muy doloroso no prestar amparo a un correligionario por muchos títulos
acreedor a él, pero en presencia de la situación clara del diputado demócrata y
de las especiales condiciones en que se hallaba colocado, no cabía vacilación.
Un diputado radical creyó, no
obstante, que no podía negar su concurso y su defensa al correligionario que
reclamaba, y a su lado se colocó resueltamente la fracción lazcanista de la
Cámara, formando las cosas hasta llegar a producir la situación que ayer se
produjo y que trajo por resultado la exclusión de Recabarren.
Lamentamos vivamente lo
ocurrido, tanto más cuanto que por estar de por medio un miembro del Partido
Radical pudiera creerse que tiene este partido una responsabilidad que no le
afecta.
La fracción demócrata que
acompaña a Recabarren sufre con la exclusión temporal de éste una seria
contrariedad; pero seguramente sabrá sobrellevarla con entereza y no
modificará los rumbos en que ha entrado con aplauso general.
Nota.-
Este artículo que publicó
"La Ley" reflejó, más o menos, el estado de las intrigas que
motivaron mi expulsión de la Cámara.
El grupo lazcanista despechado
porque no pudo obtener mi cooperación a la candidatura Lazcano decidió mi
expulsión, seguro de que contaban con el concurso de los diputados radicales
interesados en el ingreso de Espejo.
Entre el interés sectario de
aquella ocasión y el odio a los ideales de mejoramiento de los obreros, se
decidió mi expulsión.
¡He ahí la clase privilegiada!
EL DESCENSO DE LA CAMARA
(De "El Imparcial" del
21 de junio de 1906)
Los sucesos de la Cámara de
Diputados, así como los de la Cámara de Senadores, constituyen las más grandes
vergüenzas de la situación.
No se explica uno cómo se ha
corrompido en tal forma el sentido moral de muchos de los representantes del
pueblo, para no sentir el menor sonrojo en arrojar de sus sillones a algunos de
sus colegas legítimos y satisfactoriamente elegidos.
Actitud tan reprensible, tan
fuera de los límites de la caballerosidad y la honradez, tan poco digna, y
sobre todo tan artera, merecen la condenación mas violenta y unánime del país.
Y esa actitud es peor aún, es
más atentatoria y de una iniquidad incalificable, al arrojar de la Cámara a don
Luis E. Recabarren sin oírlo, sin respetar su dolencia de enfermo, sin
consideración de ninguna especie, como se echa a la calle a cualquier traficante
molesto.
Y si se toma en cuenta todavía
que el señor Recabarren es un obrero, y un obrero que se ha formado solo, que
ha conseguido descollar, mediante sus cualidades propias, que no ha comprado a
vil precio su elección, como la generalidad de los miembros del Congreso, el
atropello se hace más bárbaro, envuelve las proyecciones de un verdadero crimen
político, como lo dijo el señor Veas en la misma Cámara.
[1] Massardo, Jaime. La formación del imaginario político de Luis
Emilio Recabarren. LOM Ediciones, Stgo., 2008. Ver Bibliografía de la
monografía de Massardo. (Nota de A.P.H.S.)
Yo he estimado, desde que
tengo conciencia, que la mejor virtud que debe poseer y cultivar el ser humano,
es la verdad.
La verdad debe merecer el
respeto de todas las gentes que se llaman cultas.
Si yo dije en la Cámara que
no creía en Dios, y al decirlo con ruda sinceridad, yo decía una verdad sentida
por mi conciencia, ello era digno de todo respeto.
¿Qué culpa tengo yo de no
creer en Dios? Si Dios no ha llegado hasta mi conciencia ¿por qué le he de
ocultar la verdad? Hablo de Dios en el concepto vulgar de la palabra, ya que
así es como se emplea siempre.
Las gentes están ya
habituadas a vivir en la mentira y para la mentira y se asustan cuando ven un
hombre capaz de exponer, sentir y concebir la verdad.
Yo creo que es necesario
abrir el camino para que la verdad atraviese la vida, se impregne en ella, y
reine en el corazón de las gentes inspirando todos sus actos.
Nada hay más bello que la
verdad. Si yo digo que no creo en Dios hago bien para que lo sepan los
creyentes y procuren convencerme del error en que me encuentro si acaso estiman
que ese es su deber.
Si yo vivo en silencio,
ocultando mis pensamientos, todos creerán que yo creo en Dios y nadie entonces
se esforzará por convencerme de mis errores.
Cuando yo juré -cumpliendo
la ley- supuse creer en Dios y si yo guardo silencio todos hubieran pensado que
yo creía en Dios y con mi silencio los habría engañado. Fijémonos que esa ley
obliga a mentir y reflexionemos sobre su valor moral.
El hombre que engaña es un
traidor, es un ser indigno. Yo me hubiera sentido avergonzado si una mal
entendida conveniencia me hubiera impulsado a silenciarme, porque así habría
engañado a los que observaban mi conducta.
Si he hecho mal con decir la
verdad, que caiga sobre mí la sanción merecida. Mientras tanto yo creo aún que
obré bien. Creo que todo ser que ama la verdad debe enseñarla aunque sea con
sacrificio de los egoísmos, de las vanidades y de las mal llamadas
conveniencias sociales. De otro modo el hombre y el mundo retardarán su marcha
hacia la perfección.
Este folleto está destinado
sólo a esclarecer mi conducta respecto a mi actitud sobre el juramento y esto
no me permite expresar lo que yo pienso de Dios, cosa que haré en otra oportunidad;
además mis recursos económicos no me permiten hacer más extenso este librito;
sin embargo diré en breves frases lo que yo pienso de Dios.
Dios, en mi concepto, es la
VERDAD, la SABIDURIA y la JUSTICIA supremas. Esta Trinidad es el fruto moral de
la Humanidad que a su vez está formada por los seres humanos. Teniendo este
concepto de Dios, cada ser es un átomo, una célula de Dios, es decir, cada persona
es una parte de Dios; cada ser es un átomo, una célula de esa Trinidad formada
por la verdad, por la sabiduría, por la justicia.
En consecuencia con el átomo
de verdad, sabiduría y justicia, que cada ser posea y de las accionas que
ejecuta inspirado en ellas, se forma en la Humanidad la verdad, la sabiduría y
la justicia suprema, trinidad de que se forma la expresión Dios.
Según el criterio de cada
persona juzguen o analicen mi concepto.
Sólo así yo concibo que el
hombre sea la imagen y semejanza de Dios y de que Dios está en todo lugar y de
que todo le está subordinado y de que todo emana de él, así el bien como el
mal.
A medida que progrese la
perfección individual, progresara la perfección humana y entonces los frutos
de la Perfección Humana; verdad, sabiduría y justicia serán
superiores, para reglar cada vez mejor los destinos humanos.
Por esto todos debemos trabajar por el más
rápido y más grande desarrollo de la educación.
[3] Durante dos años que yo estuve
en Tocopilla y en el tiempo que permanecí en libertad no hubo una sola huelga
u otro hecho que pudiera dar márgenes a las suposiciones que hace este
artículo. La verdad es que las autoridades, para combatir nuestra acción
educadora, por medio de su prensa nos presentaron con un aspecto de violentos.
La persecución que se nos hizo, con el proceso contra los miembros de la Mancomunal
NO TENIA BASE ALGUNA EN HECHOS RIVALIZADOS; toda la base era la opinión escrita
expresada en el periódico semanario que yo redactaba. (L.E.R.S.).
No hay comentarios:
Publicar un comentario